Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 20 de Febrero de 2007, O. 566. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

O. 566. XL.

ORIGINARIO

Obra Social Bancaria Argentina c/ Santa Fe, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidad. Cuaderno de prueba de la parte demandada.P02.

Buenos Aires, 20 de febrero de 2007.

Autos y Vistos; Considerando:

  1. ) Que a fs. 7 la parte actora pide que se declare la negligencia de la prueba informativa ofrecida por la demandada Provincia de Santa Fe. Corrido el traslado pertinente, la contraparte no lo contesta.

  2. ) Que con carácter general procede declarar la negligencia cuando el oferente no cumple con la carga de urgir las diligencias necesarias encaminadas a lograr la realización de las medidas de prueba ordenadas (art. 384, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

  3. ) Que el incidente debe prosperar pues no se ha dado cumplimiento a la carga procesal referida. En efecto, a pesar del tiempo que ha transcurrido desde el retiro de los oficios cuyas copias obran a fs. 5/6, la interesada no adoptó medida alguna tendiente a lograr la producción del medio probatorio ofrecido.

Por ello se resuelve: Hacer lugar a la negligencia acusada y, en consecuencia, dar por perdido al Estado provincial el derecho de producir la prueba informativa de que se trata.

Con costas (arts. 68 y 69, código citado). N.. E.I.H. de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE S.P. -J.C.M..

Profesionales intervinientes: Dra. C.G.J., letrada apoderada de la parte actora y Dra. M.N.A.P.P., letrada apoderada de la Provincia de Santa Fe.

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