Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 20 de Febrero de 2007, V. 89. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

V. 89. XLII.

V., F.M. s/ adopción simple.

Buenos Aires, 20 de febrero de 2007.

Vistos los autos: "V., F.M. s/ adopción simple".

Considerando:

Que los recursos extraordinarios son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se declara improcedentes los recursos extraordinarios, con costas. N. y devuélvase. R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.

Recurso extraordinario interpuesto por C.A.B. y L.M.R. de Bochatay (por su propio derecho y en representación de la menor Macarena Bochatay), con el patrocinio del Dr. R.A.V.R. extraordinario interpuesto por M.H.E., representado por el Dr. O.S.G.T. contestado por el Dr. O.S.G.T. y dictamen presentados por el Sr. defensor general del Chubut (Dr. A.H.B.) Traslado contestado por C.A.B. y L.M.R. de Cochatay (por su propio derecho y en representación de la menor Macarena Bochatay) Tribunal de origen: Tribunal Superior del Chubut

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR