Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 20 de Febrero de 2007, G. 200. XXXVII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 200. XXXVII.

G., M. c/ Y.P.F.

Yacimientos Petrolíferos Fiscales y otro s/ part. accionariado. obrero.

Buenos Aires, 20 de febrero de 2007.

Autos y Vistos; Considerando:

Que a fs. 440 la codemandada Estado Nacional peticiona aclaratoria de la sentencia dictada por este Tribunal a fs. 433/435, mediante la cual Cpor mayoríaC se declaró procedente el recurso extraordinario y se confirmó C. remisión al precedente A.@ (Fallos: 324:3876)C la sentencia que había admitido el reclamo inherente al Programa de Propiedad Participada de Y.P.F. Alega que la situación del sub examine no guarda similitud con la del mencionado precedente, pues no se halla en discusión la fecha de privatización de la empresa, ya que el actor integró el mencionado programa, y percibió los dividendos de las acciones y el importe de su venta, todo lo cual surgiría Csegún diceC de los comprobantes de pago del Banco de la Nación Argentina.

Que dichos argumentos son inhábiles, por dos motivos. Por un lado, pues tanto en la sentencia de cámara como en el recurso extraordinario se plantearon cuestiones sustancialmente análogas a las debatidas y resueltas en el citado caso. Por el otro, porque no fueron materia de agravio en el recurso extraordinario de fs. 399/409, razón por la cual resultan ser el fruto de reflexiones tardías.

Por ello, se desestima lo peticionado a fs. 440. H. saber y cúmplase con lo ordenado a fs. 435. R.L. LO- RENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.

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