Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 13 de Febrero de 2007, R. 292. XXXV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 292. XXXV.

ORIGINARIO

R., L.Z. y otro c/ Santiago del Estero, Provincia de y otro s/ cobro de pesos.

Buenos Aires, 13 de febrero de 2007.

Autos y Vistos; Considerando:

  1. ) Que a fs. 178 la Provincia de S. delE. solicita que se decrete la caducidad de la instancia en las presentes actuaciones por haber transcurrido el plazo previsto en el art. 310, inc. 1°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Corrido el pertinente traslado, a fs. 181 lo contesta la actora y se opone por las razones que allí invoca.

  2. ) Que el planteo introducido por el Estado provincial no puede prosperar toda vez que las piezas obrantes a fs. 51/88 del cuaderno de prueba de la parte actora son demostración suficiente de los actos idóneos llevados a cabo por la oferente para lograr la producción de las medidas periciales ordenadas en este proceso. Como tales, resultan interruptivos del curso de la perención acusada.

    Frente a ello y como lo ha resuelto el Tribunal en otras ocasiones, en situaciones similares, el incidente no puede ser admitido (conf. C.690.XXIV "C., F. c/ Santa Fe, Provincia de y otros s/ daños y perjuicios", pronunciamiento del 9 de agosto de 2001 y Fallos: 328:1433).

  3. ) Que las costas deben ser distribuidas en el orden causado, ya que la codemandada pudo considerarse con razón fundada para interponer el incidente al no existir en autos constancia que le permitiese conocer el estado en que se encontraban las diligencias pendientes a las que se ha hecho referencia (arts. 68, segundo párrafo y 69, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación; conf. causa F.212.XXV "F., J.A. c/ Buenos Aires, Provincia de y otros s/ daños y perjuicios Caccidente de tránsitoC", pronunciamiento del 4 de mayo de 1995).

    Por ello, se resuelve: Rechazar el pedido de caducidad de

    la instancia planteado por la Provincia de Santiago del Estero. Costas por su orden. N.. R.L.L.- ZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI.

    Nombre de la actora: L.S.R. y M.A.B.R. - Dr. R.A.R.C.N. de la codemandada: Santiago del Estero - Dres. E.P. y Martín A.

    Berhongaray

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