Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Diciembre de 2006, D. 315. XLII

Fecha27 Diciembre 2006
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

D. 315. XLII.

RECURSO DE HECHO

Delta Baires S.A. s/ concurso preventivo s/ recurso de revisión.

Buenos Aires, 27 de diciembre de 2006.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Peugeot Citröen Argentina S.A. en la causa Delta Baires S.A. s/ concurso preventivo s/ recurso de revisión", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 1. N. y, oportunamente, archívese.

E.S.P. -E.I. HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z. -R.L.L.- ZETTI.

Recurso de hecho interpuesto por Peugeot Citröen Argentina S.A., representada por el Dr. G.J. Fontana Tribunal de origen: Suprema Corte de Justicia de Mendoza Tribunales que intervinieron con anterioridad: Tercera Cámara de Apelaciones en lo Civil de Mendoza; Segundo Juzgado de Procesos Concursales y Registros de la ciudad de Mendoza

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