Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Diciembre de 2006, B. 101. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 101. XLII.

RECURSO DE HECHO

Boada, G.E. y otros c/ Asistencia Médica Social Argentina S.A.

Buenos Aires, 27 de diciembre de 2006.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa B., G.E. y otros c/ Asistencia Médica Social Argentina S.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima esta presentación directa y se da por perdido el depósito. N. y, previa devolución de las actuaciones principales, archívese. E.I.H. de N. -J.C.M. -E.R.Z. -R.L.L..

Recurso de hecho interpuesto por Asistencia Médica Social Argentina S.A., repre- sentada por el Dr. P.S.T. de origen: Sala D de la cámara Nacional de apelaciones en lo Civil Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Civil N° 21

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