Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Diciembre de 2006, M. 578. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 578. XLII.

    M., J.P.A. y D.E.R.-tti de Moro c/ J.G. Y León R.C. s/ tercería de dominio.

    Buenos Aires, 27 de diciembre de 2006.

    Vistos los autos: "M., J.P.A. y D.E.R. de Moro c/ J.G. Y León R.C. s/ tercería de dominio".

    Considerando:

    Que el recurso extraordinario es inadmisible (art.

    280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

    Por ello, se desestima el recurso extraordinario. Con costas (art.

    68 del código antes citado).

  2. y, oportunamente, devuélvase. E.S.P. -E.I. HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z.-R. -R.L.L..

    Recurso extraordinario interpuesto por M., J.P.A. y otro, represen- tados por el Dr. R.E.M.T. contestado por J.S.G., representado por el Dr. S.J.S. y por el Dr. Alfredo Bembunan Tribunal de origen: Superior Tribunal de Justicia del Chaco, Sala 1ra.

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