Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 19 de Diciembre de 2006, C. 2195. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 2195. XLII.

RECURSO DE HECHO

Ceccheto, P.J. y otro s/ p.ss.aa. infracción ley 23.771.

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2006.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el Fisco Nacional en la causa Ceccheto, P.J. y otro s/ p.ss.aa. infracción ley 23.771", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó la presente queja, no se dirige contra una sentencia definitiva o supuesto equiparable (art. 14 de la ley 48).

Por ello, se desestima la queja y se da por perdido el depósito de fs. 1. H. saber y archívese. E.S.P. -E.I. HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

Recurso de hecho interpuesto por M.L. y G.B., apoderados de la querella (Dirección General Impositiva dependiente de la Administración Federal de Ingresos Públicos) Tribunal de origen: Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal Tribunales que intervinieron con anterioridad: Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de la ciudad de Córdoba, Provincia homónima

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