Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 14 de Noviembre de 2006, C. 2567. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 2567. XLII.

RECURSO DE HECHO

C., M.C. c/G., J.A..

Buenos Aires, 14 de noviembre de 2006.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa C., M.C. c/G., J.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el tribunal que dictaminó la sentencia contra la que se dirige el recurso extraordinario cuya denegación origina la presente queja, no es el tribunal superior, según el art. 14 de la ley 48 (Fallos: 308:490 y 311:2478).

Por ello, se desestima esta presentación directa. N. y archívese. E.S.P. -E.I.

HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z. -R.L.L. -C.M.A..

Recurso de hecho interpuesto por el demandado con el patrocinio de la Dra. Paula G.

Bracciale Tribunal de origen: Tribunal de Familia N° 1 de la Ciudad de Mar del Plata

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