Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 7 de Noviembre de 2006, P. 2025. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 2025. XLI.

P., R.A. s/ recurso de revisión.

Buenos Aires, 7 de noviembre de 2006.

Vistos los autos: APisanú, R.A. s/ recurso de revisión@.

Considerando:

Que el recurso extraordinario concedido a fs. 86/88, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se lo declara improcedente.

H. saber y devuélvase. E.S.P. -E.I. HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z. -R.L.L. -C.M.A..

Recurso extraordinario interpuesto por la querella, representada por el Dr. R.R.D.T. contestados por la Fiscalía General N° 3, representada por el Dr. R.G.W. y R.A.P., representado por el Dr. J.A.S.T. de origen: Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional en lo Correccional N° 6

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