Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 31 de Octubre de 2006, S. 165. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 165. XL.

Santa Lucía Cristal S.A.C.I. y F. c/ Administración Nacional de Aduanas s/ Administración Nacional de Aduanas.

Buenos Aires, 31 de octubre de 2006.

Autos y Vistos:

En atención a la labor desarrollada a fs. 286/289 vta. y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 6°, incs. a, b, c y d, 7°, 9° y 14 de la ley 21.839 Cmodificada por la ley 24.432C, se regulan los honorarios de la doctora E.P. de C. en la suma de cuatro mil pesos ($ 4.000).

Dichos honorarios no incluyen el monto correspondiente a la contribución prevista por el art. 62, inc. 2° de la ley 1181 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el que Cen su casoC deberá ser adicionado conforme a la subjetiva situación de la profesional beneficiaria con relación al régimen de seguridad social aplicable. N. y devuélvanse. E.S.P. -C.S.F. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

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