Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 24 de Octubre de 2006, F. 379. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 379. XLII.

RECURSO DE HECHO

F., J.R. c/S. de Lioy, R.P..

Buenos Aires, 24 de octubre de 2006.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa F., J.R. c/S. de Lioy, R.P.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, no refuta todos y cada uno de los fundamentos de la sentencia apelada.

Por ello, se desestima esta presentación directa y se da por perdido el depósito.

N. y archívese.

E.S.P. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - JUAN C.M. -R.L.L. -C.M.A..

Recurso de hecho interpuesto por Rosa Pastora de S.L., representado por el Dr. F.J.M., con el patrocinio del Dr. Santiago M. Rajmilchuk Tribunal de origen: Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Civil N° 18

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