Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Octubre de 2006, B. 2179. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 2179. XLI.

RECURSO DE HECHO

B., S.A. s/ homicidio calificado Ccausa N° 123/04C.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 10 de octubre de 2006.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensa de S.A.B. en la causa B., S.A. s/ homicidio calificado Ccausa N° 123/04C", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto día de notificado efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. E.I.H. de N. -J.C.M. -E.R.Z. -R.L. LO- RENZETTI - CARMEN M. ARGIBAY.

Recurso de hecho interpuesto por los Dres. C.R. y E.M.T.D., en representación de S.A.B. Tribunal de origen: Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara de Apelaciones en lo Penal de la ciudad de Vera, Provincia de Santa Fe

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