Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 26 de Septiembre de 2006, S. 2314. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 2314. XLI.

RECURSO DE HECHO

Segovia y Jara, H.R. s/ homicidio calificado Ccausa N° 139/423C.

Buenos Aires, 26 de septiembre de 2006.

Vistos los Autos: A. de hecho deducido por el defensor oficial de H.R.S. y Jara en la causa Segovia y Jara, H.R. s/ homicidio calificado Ccausa N° 139/423C" para decidir su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación motivó la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto día, acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos, o efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. ENRIQUE SAN- TIAGO PETRACCHI - ELENA I. HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z. -R.L.L. -C.M.A..

Recurso de hecho interpuesto por el defensor oficial de H.R.S. y Jara, B.L.C. defensor ante el Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos AiresB Tribunal de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Sala I del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires.

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