Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Agosto de 2006, L. 247. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L. 247. XLII.

RECURSO DE HECHO

La Emilia S.A. s/ concurso preventivo s/ incidente de verificación tardía promovido por Banco General de Negocios S.A.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 29 de agosto de 2006.

Vistos los autos: A. de hecho deducido por la sindicatura plural en la causa La Emilia S.A. s/ concurso preventivo s/ incidente de verificación tardía promovido por Banco General de Negocios S.A.@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. H. saber al señor juez de la quiebra que el concurso adeuda el depósito previsto por el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, el que deberá hacerse efectivo en la oportunidad adecuada de conformidad con lo dispuesto por el art. 182 de la ley n° 24.522. N. y, oportunamente, archívese. E.S.P. -E.I. HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z. -R.L.L..

Recurso de hecho interpuesto por la incidentista Banco General de Negocios S.A. s/ quiebra representada por la sindicatura plural Estudio Suez, Pustilnik & Asociados, Estudio Dra. M.C.R. y Asociados y Estudio Chiaia, Stoltzing & Asociados, patrocinados por los Dres. G.M.L. y J.A.L.F.- roa.

Tribunal de origen: Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado n° 9 de dicho fuero.

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