Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Agosto de 2006, A. 1960. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 1960. XLI.

RECURSO DE HECHO

Antártida Pesquera Industrial S.A. c/ Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 29 de agosto de 2006.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Antártida Pesquera Industrial S.A. c/ Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la queja ha sido interpuesta extemporáneamente (arts. 158, 282 y 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, y constancias de fs. 109 vta., 111 y 124 vta.).

Que a ello corresponde agregar que este Tribunal tiene dicho que la ampliación del plazo en razón de la distancia que prevé el segundo párrafo del art. 282 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación debe determinarse con respecto al lugar de asiento del tribunal que desestimó el recurso extraordinario (Fallos: 313:105).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 2. N. y, oportunamente, archívese.

E.S.P. -E.I. HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

Recurso de hecho interpuesto por Antártida Pesquera Industrial S.A., autora en autos, representada por el Dr. G.J.C. en calidad de apoderado Tribunal de origen: Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR