Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 15 de Agosto de 2006, W. 68. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

W. 68. XLI.

RECURSO DE HECHO

W., R.M. s/ estafa procesal en grado de tentativa reiterada Ccausa N° 4463C.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensa de R.M.W. en la causa W., R.M. s/ estafa procesal en grado de tentativa reiterada Ccausa N° 4463C", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se la desestima. Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el art.

286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese.

Recurso de hecho interpuesto por el defensor de W., R., representado por el Dr. E.G.K.T. de origen: Cámara Nacional de Casación Penal, S.I.

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