Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 8 de Agosto de 2006, F. 1. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 1. XLII.

RECURSO DE HECHO

F., J.A. c/ Akapol S.A.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 8 de agosto de 2006.

Vistos los autos: A. de hecho deducido por la actora en la causa F., J.A. c/ Akapol S.A.@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. H. saber y, oportunamente, archívese.

E.S.P. -E.I.

HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z. -R.L.L..

Recurso de hecho interpuesto por la actora, representada por el Dr. F.G.P.T. de origen: Superior Tribunal de Justicia de San Luis Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Minas y Laboral N° 1 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis

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