Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 18 de Julio de 2006, Y. 81. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Y. 81. XLI.

RECURSO DE HECHO

Yacimientos Petrolíferos Fiscales S.A. c/ Municipalidad de Concordia.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 18 de julio de 2006.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Yacimientos Petrolíferos Fiscales S.A. c/ Municipalidad de Concordia", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima el recurso de hecho. D. perdido el depósito de fs. 1. H. saber y archívese. ENRI- QUE SANTIAGO PETRACCHI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - JUAN C.M. -R.L.L. -C.M.A..

Recurso de hecho interpuesto por el Dr. R.D.L.; G.J.L. y E.G.B.G., en representación de Yacimientos Petrolíferos Fiscales S.A.

Tribunal de instancia única: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos

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