Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 11 de Julio de 2006, M. 3346. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 3346. XLI.

    RECURSO DE HECHO

    M., J. c/ Dirección General de Escuelas y Cultura y otros.

    Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 11 de julio de 2006.

    Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa M., J. c/ Dirección General de Escuelas y Cultura y otros", para decidir sobre su procedencia.

    Considerando:

    Que la apelante no ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el art. 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en cuanto establece que el recurso extraordinario debe ser interpuesto ante el tribunal que dictó la resolución que lo motiva.

    Que la claridad de los términos del artículo mencionado descartan la posibilidad de que el apelante haya sido inducido a error por la remisión del expediente a la instancia inferior (O.712.XL. "Ogden Entertainment Service Inc. c/ E., N. y otro", fallada el 24 de mayo de 2005).

    Por ello, se desestima el recurso de hecho planteado.

  2. y archívese. E.S.P. -E.I.

    HIGHTON de NOLASCO - JUAN C.M. -R.L.L. -C.M.A..

    Recurso de hecho interpuesto por J.M., con el patrocinio letrado de los Dres. M.G.G. y J.H.T. de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires Tribunales que intervinieron con anterioridad: Tribunal del Trabajo N° 2 de Lomas de Z.

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