Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 4 de Julio de 2006, T. 230. XXXV

Fecha04 Julio 2006
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

T. 230. XXXV.

ORIGINARIO

Transportes Automotores Plusmar S.A. c/ Buenos Aires, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidad.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 4 de julio de 2006.

Autos y Vistos; Considerando:

  1. ) Que a fs. 233 la demandada Provincia de Buenos Aires pide que se declare la negligencia de la prueba informativa ofrecida por la parte actora, dirigida a la Dirección de Rentas de la Provincia de Buenos Aires. Corrido el traslado pertinente, la contraparte no lo contesta.

  2. ) Que con carácter general procede declarar la negligencia cuando el oferente no cumple con la carga de urgir las diligencias necesarias encaminadas a lograr la realización de las medidas de prueba ordenadas (art. 384, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

  3. ) Que el incidente debe prosperar pues no se ha dado cumplimiento a la carga procesal referida. En efecto, a pesar del tiempo transcurrido desde que se dictó la providencia de fs. 230, por la cual se hizo saber a la oferente el requerimiento de la Dirección de Rentas para que se identifique el expediente administrativo cuya remisión solicitaba (fs.

229), la interesada no aportó en momento alguno los datos suficientes que hubiesen permitido su localización, a pesar de haberse insistido mediante la providencia de fs. 232 con la necesidad de dar esa información.

Por ello se resuelve: Hacer lugar a la negligencia acusada y, en consecuencia, dar por perdido a la parte actora el

derecho de producir la prueba informativa de que se trata. Con costas (arts. 68 y 69, código citado). N..

E.S.P. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - E. RAUL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

Profesionales intervinientes: doctor J.H.B., letrado apoderado de la parte actora; doctor A.F.L., letrado apoderado de la Provincia de Buenos Aires

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