Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 4 de Julio de 2006, M. 1942. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 1942. XLI.

RECURSO DE HECHO

M., Lirio c/ Jockey Club Asociación Civil y otros.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 4 de julio de 2006.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa M., Lirio c/ Jockey Club Asociación Civil y otros", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 1. H. saber y, oportunamente, archívese.

E.S.P. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - E. RAUL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

Recurso de hecho interpuesto por el codemandado J.C., representado y patro- cinado por el Dr. A.G.C.T. de origen: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, S.V.T. que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia del Trabajo N° 19

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