Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 30 de Mayo de 2006, F. 1722. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 1722. XLI.

Fadecrom S.R.L. c/ E.N.

- A.F.I.P. ley 24.073 s/ amparo - ley 16.986.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 30 de mayo de 2006.

Vistos los autos: "Fadecrom S.R.L. c/ E.N. - A.F.I.P. ley 24.073 s/ amparo - ley 16.986".

Considerando:

Que las cuestiones planteadas en el sub lite resultan sustancialmente análogas a las consideradas y resueltas en los autos S.96.XL. y S.1771.XXXIX. "Santiago Dugan Trocello S.R.L. c/ Poder Ejecutivo Nacional - Ministerio de Economía s/ amparo", sentencia del 30 de junio de 2005, a cuyos fundamentos corresponde remitirse Cen lo pertinenteC por razones de brevedad.

Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario, se revoca la sentencia apelada y se rechaza la demanda.

Con costas. N. y devuélvanse las actuaciones al tribunal de origen, con copia del precedente al que se remite.

E.S.P. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - JUAN CARLOS MAQUEDA - RICARDO LUIS LORENZETTI - CARMEN M.

ARGIBAY.

Recurso extraordinario interpuesto por Fisco Nacional, representado por la Dra.

A.S., con el patrocinio letrado del Dr. H.M.R. Traslado contestado: Fadecrom S.R.L., representado por la Dra. M.S.G. de E. y N.I. de Nieto Tribunal de origen: Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 3

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