Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Marzo de 2006, G. 858. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 858. XLI.

    RECURSO DE HECHO

    G., E.C. y otros s/ uso de documento público falso Ccausa n° 1923C.

    Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 28 de marzo de 2006.

    Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en la causa G., E.C. y otros s/ uso de documento público falso Ccausa n° 1923C", para decidir sobre su procedencia.

    Considerando:

    Que el recurso extraordinario cuya denegación originó esta queja es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

    Por ello, se desestima la queja. T. nota por Mesa de Entradas del diferimiento del depósito, el que en virtud del resultado alcanzado, corresponderá hacer efectivo.

  2. saber y, oportunamente, archívese. E.S.P. -E.I. HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

    Recurso de hecho interpuesto por el Dr. A.R.C., abogado de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el patrocino de los Dres. R.S.H.B. y A.R.C. Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital, Sala I Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Instrucción N° 47

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