Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 21 de Marzo de 2006, S. 2106. XLI

Fecha21 Marzo 2006
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 2106. XLI.

RECURSO DE HECHO

Superintendencia de Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones S.A. c/ Consolidar Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 21 de marzo de 2006.

Vistos los autos: A. de hecho deducido por la demandada en la causa Superintendencia de Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones S.A. c/ Consolidar Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 1. N. y, oportunamente, archívese.

E.S.P. -E.I. HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z. -R.L.L.- ZETTI.

Recurso de hecho interpuesto por la demandada, representada por el Dr. R.A.A.T. de origen: Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Tribunales que intervinieron con anterioridad: Superintendencia de Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones

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