Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 14 de Marzo de 2006, L. 1077. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L. 1077. XXXIX.

L., M.R. s/ querella p/ calumnias c/ B., J.O..

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 14 de marzo de 2006.

Vistos los autos: ALeiva, M.R. s/ querella p/ calumnias c/ B., J.O..

Considerando:

Que la cuestión planteada en el sub lite resulta substancialmente análoga a la examinada y resuelta en la causa S.1482.XLI ASalto, R.I. s/ abuso sexual agravado Ccausa N° 117/04C", sentencia del 7 de marzo de 2006, por lo que a fin de evitar reiteraciones innecesarias los infrascriptos dan por reproducidos los respectivos votos concurrentes que corresponden a dicho pronunciamiento, así como las remisiones que, en su caso, se efectuaron en dicho acuerdo.

Por ello, oído el señor P.F., se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte una nueva sentencia con arreglo a la presente. A. copias de los precedentes citados.

N. y remítase.

E.S.P. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

Recurso extraordinario interpuesto por J.O.B., representado por el Dr. M.A.C.T. contestado por el Dr. M.R.L., letrado en causa propia como querellante Tribunal de origen: Superior Tribunal de Justicia de Formosa Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado de Instrucción y Correccio- nal N° 1 de la Primera Circunscripción de la Provincia de Formosa

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