Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 14 de Febrero de 2006, A. 53. XXXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 53. XXXVIII.

ORIGINARIO

Aguas Argentinas S.A. c/ Buenos Aires, Provincia de s/ ejecución fiscal.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 14 de febrero de 2006.

Autos y Vistos; Considerando:

Que desde el 17 de mayo de 2004 (ver cédula de fs.

50), ha transcurrido el plazo previsto en el art. 310, inc. 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, sin que se realizara ningún acto tendiente a interrumpir el curso de la perención.

Por ello, se resuelve: Declarar operada la caducidad de la instancia en estas actuaciones. N. y archívese.

E.S.P. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - JUAN C.M. -E.R.Z. -R.L.L. -C.M.A..

Demanda interpuesta por Aguas Argentinas S.A., representada por el Dr. F.Z.T. que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal N° 1 de San Martín (Pcia. de Buenos Aires)

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