Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 20 de Diciembre de 2005, A. 494. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

A. 494. XLI.

ORIGINARIO

PENAL A.H.M., Tabatabei s/ lesiones culposas.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 20 de diciembre de 2005.

Autos y Vistos; Considerando:

  1. ) Que el señor juez a cargo del Juzgado de Garantías N° 5 del Departamento Judicial de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, se declaró incompetente para investigar en el posible delito de lesiones del que podría resultar imputado A.H.M.T..

  2. ) Que del informe del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación (fs.

    26/27) surge que A.H.T. se encuentra acreditado como encargado de negocios de la República Islámica de Irán.

  3. ) Que en tales condiciones corresponde que este Tribunal continúe con la instrucción de la causa con arreglo a lo dispuesto en los arts. 116 y 117 de la Constitución Nacional.

    Por ello, se conformidad con lo dictaminado por el señor P.F., se declara la competencia originaria de esta Corte para entender en la presunta infracción al art. 94 del Código Penal.

    Prosígase la instrucción del sumario, delegándose en el señor secretario del Tribunal, doctor E.C., las facultades de investigación, con el alcance y los límites fijados en la acordada 28/93. Como secretario de actuación intervendrá el doctor W.V., secretario letrado de esta Corte Suprema.

    R. declaración en los términos del art. 294 del Código Procesal Penal de la Nación a A.H.T..

    L. oficio al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación con el fin de requerir la conformidad correspondiente para que el nombrado T. pueda ser sometido a la jurisdicción de este Tribunal (art.

    , inc. 1°, último párrafo del decreto-ley 1285/58 y el art.

    32 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas.

    N.. E.S.P. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAF- FARONI - RICARDO L.L..

    Juicio originario interpuesto por la Dra. T.V. fiscal adjunta en la Unidad Funcional de Instrucción N° 1 Distrito Tigre, Pcia. de Bs. As.

    Tribunal de origen: Juzgado de Garantías N° 5 de San Isidro, Provincia de Buenos Aires

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