Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 25 de Octubre de 2005, C. 2929. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 2929. XXXIX.

R.O.

Cullia, S.F. c/ ANSeS s/ jubilación por invalez.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 25 de octubre de 2005.

Vistos los autos: "Cullia, S.F. c/ ANSeS s/ jubilación por invalez".

Considerando:

Que corresponde rechazar los agravios de la ANSeS relacionados con los arts. 22 y 23 de la ley 24.463, ya que dichas disposiciones no resultan aplicables al caso, según se ha señalado en los precedentes publicados en Fallos: 323:4004 ("Leonardini") y 324:179 ("A.").

Que los planteos referentes a la tasa de interés, guardan sustancial analogía con los analizados y resueltos por esta Corte en la causa S.2767 XXXVIII "Spitale, J. c/ ANSeS s/ impugnación de resolución administrativa", sentencia del 14 de setiembre de 2004, cuyos fundamentos se dan por reproducidos.

Por ello, el Tribunal resuelve: declarar procedente el recurso ordinario y confirmar la sentencia apelada. N. y devuélvase.

E.S.P. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - JUAN CARLOS MAQUEDA - E.

RAUL ZAFFARONI.

Recurso ordinario interpuesto por la Administración Nacional de la Seguridad So- cial, representada por la Dra. M. delC.O..

Tribunal de origen: Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social. Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal de la Seguridad Social N° 3.

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