Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Septiembre de 2005, A. 1668. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Z. 245. XLI. y otros.

RECURSOS DE HECHO

Z., J.O. c/ ANSeS.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 27 de septiembre de 2005.

Vistos los autos: ARecursos de hecho deducidos por la actora en las causas ›Zelaya, Julio Oscar c/ ANSeS=; A.1668.

›A. y L., S.A. c/ ANSeS=; C.3015. ›Curtosi, C. c/ ANSeS=; G.1508. ›G., S.A. c/ ANSeS=; H.291. ›H., Orlando c/ ANSeS=; L.899. ›Lavena, F. c/ ANSeS=; M.2261. ›M., E.C. c/ ANSeS=; P. 1500.

›P., Lía Iole c/ ANSeS=; V.808. ›V., B.O. c/ ANSeS= todos del libro XLI@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que los recursos ordinarios de apelación deducidos por los actores, cuya denegación dio origen a las presentes quejas, son inadmisibles pues fueron interpuestas con posterioridad a la derogación del art. 19 de la ley 24.463 (art. 1° de la ley 26.025).

Por ello, el Tribunal resuelve: Desestimar estas presentaciones directas. N. y archívense. E.S.P. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - JUAN C.M. -E.R.Z. -R.L.L.- ZETTI - CARMEN M. ARGIBAY.

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