Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 20 de Septiembre de 2005, R. 1108. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 1108. XL.

RECURSO DE HECHO

R., G.H. c/ Auvistory S.A. y otro.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 20 de septiembre de 2005.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. en la causa R., G.H. c/ Auvistory S.A. y otro", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 1. H. saber y, oportunamente, archívese.

E.S.P. -E.I. HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z. -R.L.L.- ZETTI.

Recurso de hecho interpuesto por la codemandada Banco de Galicia y Buenos Aires S.A., representada por el Dr. D.M.G., con el patrocinio de la Dra.

M.L.W.T. de origen: Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia del Trabajo N° 46

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