Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 20 de Septiembre de 2005, F. 841. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 841. XL.

RECURSO DE HECHO

F., R. c/ Cooperativa Frutícola y de Consumo la Flor S.C.L.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 20 de septiembre de 2005.

Vistos los autos: "Recurso de echo deducido por la demandada en la causa F., R. c/ Cooperativa Frutícola y de Consumo la Flor S.C.L.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la cuestión federal alegada en el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, no ha sido introducida oportunamente en el proceso.

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 1. H. saber y, oportunamente, archívese.

E.S.P. -E.I. HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z. -R.L.L.- ZETTI.

Recurso de hecho interpuesto por la demandada, representada por la Dra. E.L.B..

Tribunal de origen: Tribunal Superior de Justicia de Neuquén Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, L. y de Minería de Neuquén

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