Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 20 de Septiembre de 2005, C. 1049. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 1049. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

C., G.E. c/ Wyeth Whitehall S.A.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 20 de septiembre de 2005.

Vistos los autos: A. de hecho deducido por la actora en la causa C., G.E. c/ Wyeth Whitehall S.A.@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en la causa V.967.XXXVIII. "V., C.A. c/ Amsa S.A. s/ despido", sentencia del 14 de septiembre de 2004, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad.

Por ello, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado. Costas en el orden causado, en atención al cambio de criterio sobre el punto en debate.

Vuelvan los autos al tribunal anterior a efectos de que, por la sala que corresponda, dicte un nuevo fallo con arreglo al presente.

Agréguese la queja al principal, con copia del pronunciamiento al cual se ha hecho referencia. N. y, oportunamente, remítase. E.S.P. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - JUAN CARLOS MAQUEDA - E.

RAUL ZAFFARONI.

Recurso de hecho interpuesto por G.E.C., representado por la Dra. S.G.R., con el patrocinio letrado del Dr. J.M.O.T. de origen: Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia del Trabajo N° 5

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