Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 30 de Agosto de 2005, C. 1818. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 1818. XL.

RECURSO DE HECHO

Canaza de Burgos, C.M. c/ Estado provincial.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 30 de agosto de 2005.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la Provincia de Jujuy en la causa Canaza de Burgos, C.M. c/ Estado provincial", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, no cumple con el requisito de fundamentación autónoma.

Por ello, se desestima la queja y se da por perdido el depósito a realizar (fs. 148). H. saber y, oportunamente, archívese. E.S.P. - AUGUSTO CESAR BELLUS- CIO - JUAN C.M. -E.R.Z. -R.L.L..

Recurso de hecho interpuesto por la Provincia de Jujuy, representada por la Dra.

M.A.A.T. de origen: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Jujuy Tribunales que intervinieron con anterioridad: Sala III del Tribunal del Trabajo de Jujuy

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