Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 16 de Agosto de 2005, T. 390. XXXIX

Fecha16 Agosto 2005
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

T. 390. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

T., A.C. c/ Mapfre Aconcagua Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 16 de agosto de 2005.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Mapfre Aconcagua Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. en la causa T., A.C. c/ Mapfre Aconcagua Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 1. H. saber y, oportunamente, archívese.

E.S.P. -A.C.B. -J.C.M. -E.I. HIGHTON de N. -R.L.L..

Recurso de hecho interpuesto por la demandada, representada por el Dr. Pablo Irazoqui Tribunal de origen: Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social Tribunales que intervinieron con anterioridad: Comisión Médica Central

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