Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Julio de 2005, S. 460. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 460. XL. y otro

RECURSOS DE HECHO

S., D.E. c/ Panter S.R.L. y otro.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 28 de julio de 2005.

Vistos los autos: "Recursos de hecho deducido por D.E.S. en las causa ›S., D.E. c/ Panter S.R.L. y otro= y S.128.XL. ›S., D.E. c/ Panter S.R.L. y otro=", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que los recursos extraordinarios, cuya denegación dio origen a estas quejas, son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestiman las quejas.

H. saber y, oportunamente, archívense. E.S.P. - AU- GUSTO CESAR BELLUSCIO - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFA- RONI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO.

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