Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Julio de 2005, E. 94. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

E. 94. XLI.

RECURSO DE HECHO

Exportman S.A. s/ quiebra s/ incidente de verificación de crédito tardío promovido por Río Paraná Compañía Financiera S.A.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 28 de julio de 2005.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Exportman S.A. en la causa Exportman S.A. s/ quiebra s/ incidente de verificación de crédito tardío promovido por Río Paraná Compañía Financiera S.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, no cumple con el requisito de fundamentación autónoma.

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 1. N. y, oportunamente, archívese.

E.S.P. -A.C.B. -C.S.F. -J.C.M. -E.I. HIGHTON de NOLASCO.

Recurso de hecho interpuesto por la presidenta del directorio de Exportman S.A., M.A., con el patrocinio letrado de los Dres. J.L.Q. y J.L.A.T. de origen: Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Comercial n° 17

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR