Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Julio de 2005, B. 2587. XL

Fecha28 Julio 2005
Número de registro588266
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 2587. XL.

RECURSO DE HECHO

Brescia, J.H. c/T., H.A..

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 28 de julio de 2005.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por H.A.T. en la causa Brescia, J.H. c/T., H.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio lugar a la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. E.S.P. -A.C.B. -C.S.F. -J.C.M. -E.I.

HIGHTON de N. -R.L.L..

Recurso de hecho interpuesto por H.A.T., representado por el Dr. C.E.R.T. de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Segunda Cámara Criminal de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza

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