Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 7 de Junio de 2005, I. 339. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 339. XL.

I.P. y Cía. S.R.L. s/ apelación - multa y clausura.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 7 de junio de 2005.

Vistos los autos: "I.P. y Cía. S.R.L. s/ apelación - multa y clausura".

Considerando:

Que el recurso extraordinario es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima el recurso planteado. Con costas.

N. y devuélvase. E.S.P. -A.C.B. -J.C.M. -E.R.Z. -E.I. HIGHTON de N. -R.L.L..

Recurso extraordinario interpuesto por la Administración Federal de Ingresos Públicos (Dirección General Impositiva), representada por los Dres. F.R.C. y M.C.C.F., con el patrocinio de la Dra. L.B.B. Traslado contestado por la firma I.P. y Cía. S.R.L., representada por el Dr. J.G.P.T. de origen: Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - Sala B Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal de Primera Instancia N° 2 de San Juan

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