Procuración General de la Nación en la sentencia de Corte Suprema de Justicia, 4 de Mayo de 2005, C. 454. XLI

Fecha04 Mayo 2005

Competencia N° 454. XLI.

P.C., E.

  1. c/ P.E.N.

(Poder Ejecutivo Nacional) y otros s/ amparo.

Procuración General de la Nación Suprema Corte:

Los jueces de la Sala Segunda de la Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial San Isidro, y el magistrado a cargo del Juzgado Federal N1 1 en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín, discrepan en torno a la competencia para entender en la presente causa (v. fs. 109/111 y 98).

En el caso la demanda instaurada se dirige contra el Banco Central de la República Argentina y el Poder Ejecutivo Nacional, además de contra el Banco de la Provincia de Buenos Aires, solicitando la actora se aplique al contrato que lo une con la entidad financiera, la normativa de la ley de emergencia 25.561 y del decreto 214/02, y objetando la interpretación y aplicación de las normas que ha efectuado su cocontratante.

En razón de lo expuesto la presente causa es de competencia de la justicia federal por razón de la persona y de la materia, al hallarse en juego la interpretación y aplicación de normas federales, y lo dispuesto en el art. 61 de la ley 25.587.

Por tanto, opino que corresponde dirimir el conflicto y disponer que ha de continuar entendiendo en la causa el señor juez a cargo del Juzgado Federal N1 1 en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín.

Buenos Aires, 4 de mayo de 2005.

Es copia M.A.B. de G.

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