Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 3 de Mayo de 2005, R. 1664. XXXIX

Fecha03 Mayo 2005
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 1664. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

R., C.A. c/ Yoia S.A.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 3 de mayo de 2005.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa R., C.A. c/ Yoia S.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la queja en examen es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. H. saber y, oportunamente, archívese. E.S.P. -A.C.B. -A.B. -J.C.M. -E.R.Z. -E.I. HIGHTON de NOLASCO.

Recurso de hecho interpuesto por C.A.R., representado por la Dra.

N.G.I., con el patrocinio letrado de los Dres. H.G. y M.R..

Tribunal de origen: Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia del Trabajo N° 73.

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