Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 3 de Mayo de 2005, L. 1193. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L. 1193. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

L., R.F. c/ Médicos Asociados Sociedad de Responsabilidad Limitada (Sanatorio San Lucas) y otros.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 3 de mayo de 2005.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa L., R.F. c/ Médicos Asociados Sociedad de Responsabilidad Limitada (Sanatorio San Lucas) y otros", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que los agravios de la apelante han sido objeto de adecuado examen en el dictamen del señor P.F., a cuyos fundamentos esta Corte se remite por razón de brevedad.

Por ello, se desestima la queja. N. y, previa devolución del expediente principal, archívese. ENRIQUE SAN- TIAGO PETRACCHI - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO - JUAN CARLOS MAQUEDA - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO.

Recurso de hecho interpuesto por R.F.L. y S.L.S. de Lazarte, representado por la Dra. R.M., patrocinado por el Dr. Marcos A.

Rouges.

Tribunal de origen: Corte Suprema de Justicia de Tucumán.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara Civil y Comercial Común, S. 1 de Tucumán y Juzgado Civil y Comercial Común de la 20 Nominación de Tucumán.

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