Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 3 de Mayo de 2005, C. 102. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 102. XL.

RECURSO DE HECHO

C., E.C. y otros c/ Nueva Clínica Finochietto S.A. y otros.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 3 de mayo de 2005.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa C., E.C. y otros c/ Nueva Clínica Finochietto S.A. y otros", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. H. saber y, oportunamente, archívese. E.S.P. -A.C.B. -A.B. -J.C.M. -E.R.Z. -E.I. HIGHTON de NOLASCO.

Recurso de hecho interpuesto por E.C.C. y otros, con la represen- tación letrada del Dr. León D.P..

Tribunal de origen: Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia del Trabajo N° 8.

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