Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Marzo de 2005, C. 406. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 406. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

Caja de Subsidios Familiares para Empleados de Comercio c/ Consorcio de Propietarios del Edificio Rivadavia 3972/86.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 29 de marzo de 2005.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Caja de Subsidios Familiares para Empleados de Comercio c/ Consorcio de Propietarios del Edificio Rivadavia 3972/86", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en el precedente de Fallos: 320:61, a cuyos fundamentos corresponde remitir en razón de brevedad.

Por ello, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada.

Con costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Agréguese la queja al principal. N. y, oportunamente, remítase. E.S.P. -A.C.B. -C.S.F. -A.B. -J.C.M. -E.R.Z..

Recurso de hecho interpuesto por La Caja de Subsidios Familiares para Empleados de Comercio, representada y patrocinada por el Dr. Eduardo Gustavo Fornaroli Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala V Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia del Trabajo n° 8

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