Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 22 de Marzo de 2005, E. 359. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

E. 359. XL.

RECURSO DE HECHO

Etchichury, M. s/ homicidio calificado por el vínculo Ccausa n° 86986C.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 22 de marzo de 2005.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensa de M.E. en la causa Etchichury, M. s/ homicidio calificado por el vínculo Ccausa n° 86986C", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. E.S.P. -A.C.B. -A.B. -E.R.Z. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO.

Recurso de hecho interpuesto por M.A.E., representado por el Dr. C.A.I..

Tribunal de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Sala II del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires; Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de Lomas de Z..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR