Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 15 de Marzo de 2005, O. 434. XXXIX

Fecha15 Marzo 2005
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

V. 764. XXXIX. Y OTROS RR.OO.

VAZQUEZ, ANTONIO C/ ANSES S/ REAJUSTES VA- RIOS.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 15 de marzo de 2005.

Vistos los autos: "V.764.XXXIX. 'VAZQUEZ ANTONIO c/ AN- SES'; B.1747.XXXIX. 'B.M.L. c/ ANSES'; B.1762.XXXIX.

'B.H. c/ ANSES'; C.2179.XXXIX. 'CARDILLO DE FERRARI NOEMI ADELA c/ ANSES'; C.2946.XXXIX. 'CARRIZO JULIO ANTONIO c/ ANSES'; D.1235.XXXIX.

'DE V.R.P. c/ ANSES'; G.424.XL. 'G.G.T. c/ ANSES'; G.1927.XXXIX.

'G.D. c/ ANSES'; M.1959.XXXIX. 'M.N.M. c/ ANSES'; O.434.XXXIX. 'OBREGON P. MARCIAL c/ ANSES'".

Considerando:

Que la cuestión que se suscita en las presentes causas, vinculada con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por el Tribunal en Fallos:

325:98 ("Perletto"), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad.

Que los agravios vinculados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente de esta Corte S.2767.XXXVIII. "Spitale, J. c/ ANSeS s/ impugnación de resolución administrativa", fallado con fecha 14 de septiembre de 2004, al que cabe remitir por razón de brevedad.

Por ello el Tribunal resuelve: declarar procedentes los recursos ordinarios deducidos y confirmar las sentencias ape- -//ladas con el alcance que surge de los considerandos del fallo

"Perletto, R.A." citado. Costas por su orden (art.

21, ley 24.463). N. y devuélvanse. E.S.P. -A.C.B. -C.S.F. -A.B. -J.C.M..

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