Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 3 de Marzo de 2005, F. 25. XL

Fecha03 Marzo 2005
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 25. XL.

RECURSO DE HECHO

Firme Seguridad c/ Banco de la Provincia de Buenos Aires.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 3 de marzo de 2005.

Autos y Vistos; Considerando:

  1. ) Que, mediante la presentación de fs. 181, articulada el 3 de junio de 2004, la parte actora solicita que se decrete la caducidad de la instancia en virtud de que su contraria no ha cumplido con la carga de impulsar el trámite en la queja.

  2. ) Que tal petición resulta procedente toda vez que mediante la actuación de fs. 176, del 2 de marzo de 2004, se reiteró el requerimiento formulado a fs. 172 Cel anterior 9 de febreroC a fin de que la recurrente acreditara la personería invocada, pedido que solo fue satisfecho el 13 de agosto próximo pasado, cuando ya había transcurrido en exceso el lapso previsto por el art. 310, inc. 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

  3. ) Que, en orden a lo dicho y a fin de dar respuesta a los planteos formulados por la actora al contestar el acuse de caducidad (fs. 189/191), cabe destacar que el plazo de perención corre desde la fecha del acto interruptivo Cno desde su notificación por ministerio de leyC, se computa desde la medianoche del último acto impulsor y fenece a la medianoche del mismo número de día del mes correspondiente (confr. arts. 24 del Código Civil y 311 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) sin que se suspenda durante los días declarados inhábiles por esta Corte pues ellos no se consideran como feria judicial (Fallos: 313:1081).

Por ello, se declara la caducidad de la instancia en esta queja, con costas. N. y, oportunamente, archívese.

E.S.P. -A.C.B. -A.B. -J.C.M. -E.I. HIGHTON de NOLASCO.

Recurso de hecho interpuesto por Banco de la Provincia de Buenos Aires, represen- tado por el Dr. C.R.S., patrocinado por el Dr. Alberto V. Grinceri Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala E Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Comercial n° 6

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