Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 8 de Febrero de 2005, R. 297. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 297. XL.

RECURSO DE HECHO

R.E.H., C.E. c/ House to House S.A. y otros.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 8 de febrero de 2005.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por House to House S.A. en la causa R.E.H., C.E. c/H. to House S.A. y otros", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación motiva esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja y se da por perdido el depósito (fs. 1). H. saber y, oportunamente, archívese.

E.S.P. -A.C.B. -A.B. -J.C.M. -E.I. HIGHTON de NOLASCO.

Recurso de hecho interpuesto por la demandada, H. toH.S.A. y otros, repre- sentado por el Dr. T.E.J.Y..

Tribunal de origen: Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional del Trabajo n° 22.

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