Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 8 de Febrero de 2005, R. 18. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 18. XL.

RECURSO DE HECHO

R., H.E. y otros c/ Empresa Social de Energía de Buenos Aires.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 8 de febrero de 2005.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa R., H.E. y otros c/ Empresa Social de Energía de Buenos Aires", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación motiva esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. H. saber y, oportunamente, archívese. E.S.P. -A.C.B. -A.B. -J.C.M. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO.

Recurso de hecho interpuesto por la parte actora, H.E.R. y otros, representados por el Dr. E.A.P., con el patrocinio letrado de la Dra. A.T.K..

Tribunal de origen: Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Tribunal del Trabajo N° 1 de La Plata.

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