Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 3 de Febrero de 2005, S. 147. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 147. XL.

RECURSO DE HECHO

S., A.F.N. c/ Horizonte Internacional S.A. y otro.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 3 de febrero de 2005.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por I.J.G. y Gojak en la causa S., A.F.N. c/ Horizonte Internacional S.A. y otro", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, no cumple con el requisito de fundamentación autónoma.

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 1. H. saber y, oportunamente, archívese.

E.S.P. -A.C.B. -A.B. -J.C.M. -E.I. HIGHTON de NOLASCO.

Recurso de hecho interpuesto por el codemandado I.J.G. y Gojak, patroci- nado por el Dr. S.M.F..

Tribunal de origen: Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia del Trabajo N° 52.

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